La justicia declara improcedente el despido de un trabajador tras calcular mal su antigüedad y le indemnizan con 15 076,47 euros
Hasta ese momento y desde que comenzó la relación laboral en 2014, había tenido contrato temporal a tiempo parcial. Asimismo, a este profesional se le calculó una indemización que ascendía a 6.289,04 euros, correspondiente a 20 días de salario por año de servicio con el límite de 12 mensualidades y computando una antigüedad desde el 1 de junio de 2017. Entre los motivos, alegó que ese error en el cálculo de la indemnización sí debía suponer declarar la improcedencia del despido.
Por ejemplo, un despido disciplinario procedente no genera indemnización, puesto que se vincula a una negligencia o comportamiento reprochable del empleado, mientras que un despido improcedente o por causas objetivas sí. Como consecuencia del fallo, las comunidades de propietarios no solo deben administrar correctamente sus finanzas, sino también promover un entorno laboral justo para los trabajadores que prestan servicios en sus instalaciones. Los hechos probados relatados por la sentencia de un juzgado Social de Ciudad Real declara que el recurrente trabaja desde 2018 con contrato indefinido a tiempo completo en la modalidad de personas con discapacidad con un salario mensual neto de 1.100 euros.
Condenan a una comunidad de vecinos a indemnizar a su conserje con 15.000 euros por calcular mal su despido
Sin embargo, desde 2014 había tenido contratos a tiempo parcial en la misma comunidad. Asimismo, también manifestaron que el cálculo de la indemnización no presentaba especial dificultad jurídica. El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha explicó que un error es inexcusable si la diferencia económica es significativa, si no hay complejidad jurídica en el cálculo o si la empresa no actuó con la diligencia debida. Sin embargo, este error para el juzgado era “excusable”, por lo que mantuvo la procedencia del despido y solo ordenó el pago de la diferencia.
Los supuestos en los que esto sucede están muy bien delimitados en ese artículo, y deben ser acreditados por el empleado a la hora de reclamar su indemnización. A diferencia del despido improcedente, este régimen es más bajo porque la ley considera que la compensación por estas causas debe ser menor. Cuando la empresa alega causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, se aplica un régimen de 20 días de salario por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades. Si el contrato hubiese comenzado antes de febrero de 2012, habría que realizar el cálculo en dos tramos. Esa suma de días resultante se multiplica por el salario diario y se obtiene el importe de la indemnización.
Por ejemplo, el despido disciplinario procedente no da derecho a indemnización porque considera que el empleado ha tenido una conducta impropia que justifica el cese. De hecho, cuando una empresa alega que el despido se produce por motivos económicos o de organización interna, se aplica una reducción en el cálculo de la cuantía de la indemnización reconociendo que, si bien es por una causa atribuible a la empresa, ese despido no es evitable para la viabilidad de la compañía. No todos los despidos dan derecho a indemnización en 2026, ni todas las indemnizaciones por despidos tienen la misma cuantía, por eso conviene conocer cuantos días por año trabajado corresponden a cada tipo de despido. La indemnización por despido es una determinada cuantía económica que la empresa debe pagar cuando extingue un contrato de trabajo en ciertos supuestos. El Tribunal enfatiza que la gestión de conserjería constituye una función esencial de las comunidades, lo que refuerza la protección de los derechos de los trabajadores subcontratados.
En consecuencia, la comunidad debía elegir entre readmitirle o abonarle una indemnización de 15.076,47 euros, mayor que la que hubiera correspondido con el despido objetivo, si bien la sentencia no es firme y la misma puede ser recurrida. En este sentido, indicaron que el hecho de que durante un periodo el administrador figurase como empleador no justifica omitir tres años de antigüedad, pues las funciones y condiciones fueron las mismas. En este momento, le reconocieron una indemnización de 6.289,04 euros correspondiente a 20 días de salario por año trabajado, con el límite de 12 mensualidades, estableciendo su antigüedad desde el 1 de junio de 2017.
De este modo, concluye el tribunal que la comunidad de propietarios debe optar, a su elección y en el plazo de cinco días desde la notificación de la sentencia, entre la readmisión del trabajador en las mismas condiciones que tenía hasta la fecha o satisfacer una indemnización de 15.076,47 euros atendiendo a su salario y antigüedad. «En definitiva -expresan los magistrados- hemos de concluir que la conducta de la empresa, en perjuicio del trabajador al computar una antigüedad tres años inferior a la real sin justificación alguna, constituye un error inexcusable en el cálculo de la indemnización que obliga a declarar improcedente el despido objetivo», recoge la sentencia. “En definitiva -expresan los magistrados- hemos de concluir que la conducta de la empresa, en perjuicio del trabajador al computar una antigüedad tres años inferior a la real sin justificación alguna, constituye un error inexcusable en el cálculo de la indemnización que obliga a declarar improcedente el despido objetivo”. «En definitiva -expresan los magistrados- hemos de concluir que la conducta de la empresa, en perjuicio del trabajador al computar una antigüedad tres años inferior a la real sin justificación alguna, constituye un error inexcusable en el cálculo de la indemnización que obliga a declarar improcedente el despido objetivo».
El Juzgado de lo Social número 3/bis de Ciudad Real estimó parcialmente su demanda, considerando que el despido sí era procedente pero que se había producido un error en el cálculo de la indemnización. En consecuencia, al reconocerle la improcedencia, la comunidad tiene que elegir entre readmitirle, en las mismas condiciones, o abonarle una indemnización de 15.076,47 euros. En una comunidad de propietarios la convivencia vecinal no siempre es pacífica y suelen ocurrir conflictos, sobre todo en lo relacionado con las obras, las terrazas o los jardines. En este caso, la comunidad de propietarios llevó a cabo cambios organizativos que afectaban al puesto de trabajo de la portera, como la instalación de videoportero y buzones en el portal, el cambio a gas de las calderas de calefacción y agua caliente central y la modernización de ascensores. En despidos objetivos y otros supuestos que dan derecho a indemnización, la empresa debe poner a disposición del trabajador la indemnización en el momento de comunicar el despido. Es decir, que por cada año que se haya cumplido de antigüedad se suman 33 días de indemnización, hasta un máximo de 730 días.
- A diferencia del despido disciplinario o improcedente, el despido restaurativo no es un término legal.
- Este salario regulador toma en cuenta tanto el sueldo base como los complementos habituales y la parte proporcional de las pagas extraordinarias si están prorrateadas.
- En este momento, le reconocieron una indemnización de 6.289,04 euros correspondiente a 20 días de salario por año trabajado, con el límite de 12 mensualidades, estableciendo su antigüedad desde el 1 de junio de 2017.
- Asimismo, también manifestaron que el cálculo de la indemnización no presentaba especial dificultad jurídica.
- La sentencia no es firme y puede ser recurrida.
- A cada tipo de despido se le asigna un baremo de tiempo determinado por la normativa laboral, otorgando más o menos días de salario.
¿Qué es el despido “restaurativo”?
La comunidad presentó entonces un recurso de suplicación ante el TSJG, el cual ha confirmado la improcedencia del cese porque las “causas organizativas o técnicas invocadas no concurren en el momento del cese de la trabajadora, sino que surgieron muchos años antes”. Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSJG) establece que los motivos organizativos o técnicos para despedir a un trabajador deben producirse en el momento del cese y no muchos años antes, cuando se implantaron las mejoras técnicas y organizativas que afectaron a la labor del trabajador. El Comité Europeo de Derechos Sociales (CEDS), dependiente del Consejo de Europa, lleva años pidiendo a España que aplique este concepto a su legislación para que sea un juez quien valore de forma individual cada caso de despido para, en función de su edad, sexo y situación de vulnerabilidad social imponga una indemnización personalizada. Además, de acuerdo a una sentencia del Tribunal Supremo, el cálculo de las indemnizaciones debe realizarse en base al salario íntegro del empleado, no a la reducción salarial inherente a la reducción de jornada que se aplica en los ERTE. En los contratos temporales, cuando la relación llega a su término por cumplir la duración pactada, suele corresponder una indemnización de 12 días por año trabajado. La cuantía de las indemnizaciones por despido se calcula en base al salario bruto del empleado durante el mes anterior al despido y a su antigüedad.
Si un despido no cumple con esos requisitos será considerado improcedente o nulo porque la empresa no ha comunicado o argumentado debidamente los motivos de despido. La comunicación del despido está regulada por la legislación laboral y debe cumplir una serie de requisitos legales para que pueda considerarse procedente. Si esos cambios exceden los límites establecidos en la legislación, se consideran una Modificación Sustancial de las Condiciones de Trabajo (MSCT) que, simplificando, vendría a significar que la nueva situación laboral es tan diferente a la que se acordó en el contrato de trabajo original, que este ha perdido su vigencia. El artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores establece una serie de limitaciones a los cambios organizativos que las empresas pueden aplicar a sus empleados (jornadas laborales, ubicación, retribución, funciones, etc.).
Así, le abonaron una indemnización 6.289,04 euros cuando le correspondían 9.137,26 euros. Sin embargo, la clave está en que, para este tribunal, el error cometido no se podía excusar. En 2024 los vecinos decidieron en la Junta General prescindir del conserje y que serían ellos quienes se ocuparían de las tareas de limpieza y reparaciones menores. El hombre comenzó a trabajar en 2014 en este inmuble con un contrato temporal a tiempo parcial. Uno de ellos es la antigüedad. Cuando un trabajador es contratado de manera permanente tiene una serie de ventajas o beneficios.
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En la actualidad la indemnización legal general es de 33 días de salario por cada año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades. El cálculo de la indemnización siempre se hace en función del salario regulador (el salario que sirve de base) y el tiempo trabajado. A modo orientativo, el Consejo General del poder judicial cuenta con una calculadora muy útil con la que, introduciendo la fecha de contratación, de despido y el salario bruto mensual, permite obtener el cálculo de indemnizaciones en los distintos supuestos de despido. En base a este baremo, y teniendo en cuenta el salario y la antigüedad del trabajador, se calculan los importes de las indemnizaciones. A cada tipo de despido se le asigna un baremo de tiempo determinado por la normativa laboral, otorgando más o menos días de salario. En cambio, si la empresa no justifica correctamente el despido o incumple las formalidades legales, se declara improcedente y la empresa debe pagar la indemnización correspondiente.
Se entiende por retraso la demora de más de quince días sobre la fecha habitual de pago del salario. Hemos indicado que las indemnizaciones se aplican cuando la empresa no tiene motivos para despedir a un empleado. Este cálculo es más simple pero también importante, ya que el concepto suele aparecer desglosado dentro del finiquito junto a las vacaciones no disfrutadas y otros conceptos. Este es uno de los supuestos más frecuentes en los que existe derecho a indemnización. El salario diario normalmente se obtiene al dividir el salario anual bruto (con complementos y pagas extra prorrateadas) entre 365 días.
Pero el conserje, en desacuerdo con la decisión recurrió a la justicia y ahora el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha ha estimado su recurso y declara improcedente su despido por la comunidad de propietarios, que tendrá que readmitirle o indemnizarle con 15.076,47 euros. El 7 de mayo el trabajador recibió la carta de despido fechada del 30 de abril comunicándole su despido por motivos económicos y en la que se calculaba una indemnización de 6.289,04 euros correspondiente a 20 días de salario por año de servicio con el límite de doce mensualidades computando una antigüedad desde el 1 de junio de 2017. Si se presenta una demanda judicial contra el cambio de condiciones, la justicia puede obligar a la empresa a restablecer las condiciones laborales anteriores o al pago de una indemnización como despido improcedente (33 días por año trabajado) si no lo hace.
Cuanto más tiempo de antigüedad se tenga, mayor es la indemnización a percibir. Con ese importe, se calcula el salario diario que servirá de base para calcular el importe total de la indemnización. Estas categorías responden a las causas que la empresa alega para terminar el contrato y a cómo la ley las califica, aunque para recibir una indemnización siempre deben partir de la premisa de la improcedencia. No todos los despidos son iguales ni generan el mismo derecho a indemnización. En España, existen distintos tipos de despido o fin de las relaciones laborales (no todas son generadas por un despido), por lo que la respuesta depende del tipo de despido y de cómo se haya producido. Los propietarios deberán verificar meticulosamente la solvencia y el cumplimiento normativo de las empresas contratadas, no solo para prevenir problemas legales, sino también para salvaguardar los derechos de los trabajadores.
Pero las modificaciones más significativas -videoportero, nuevas calderas o instalación de buzones- se hicieron nueve años antes del cese. De ese modo, el organismo europeo considera que la indemnización tendría un efecto disuasorio dado que no podría calcularse la cuantía de la indemnización con antelación, ni elegir a determinados colectivos como objetivos para los planes de despido asumiendo que sus indemnizaciones serán más baratas. A diferencia del despido disciplinario o improcedente, el despido restaurativo no es un término legal.
Añaden que la prestación del servicio se llevó a cabo sin interrupción y durante todo este periodo ha realizado las mismas funciones y ha tenido las mismas condiciones. Reporta un error en esta noticia La sentencia no es firme y puede ser recurrida. Añaden que la prestación del servicio se llevó a cabo sin interrupción y durante todo este periodo realizó las mismas funciones y tuvo las mismas condiciones. Arrastraba dificultades económicas desde hacía tiempo por el progresivo aumento de los gastos y por la morosidad creciente entre los propietarios. Además añade que el trabajo que llevó a cabo este profesional se realizó durante todo el periodo sin interrupción y con las mismas funciones y condiciones.
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha ha estimado el recurso del conserje de un inmueble residencial y declara improcedente su despido por la comunidad de propietarios, que tendrá que readmitirle o indemnizarle con 15.076,47 euros. Para la justicia, el error de la comunidad de propietarios no era excusable, lo que llevaba a declarar el despido como improcedente. La justicia declara improcedente el despido de un trabajador balloon app tras calcular mal su antigüedad y le indemnizan con 15.076,47 euros
Los servicios de vigilancia en una comunidad de vecinos ayudan a resolver robos y reducen notablemente los actos vandálicos, pero también son fuente de conflicto cuando algún vecino siente limitado su derecho a la protección de datos e intimidad. En concreto, se trata de la instalación de vallas de cerramiento efectuada en el muro compartido por los propietarios colindantes. Ahora la Audiencia señala que la comunidad está obligada a dar una solución al conflicto, ya que afecta a elementos comunes.
